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  /  Nuestro Blog   /  Ayudas ADER para TICS, plazo hasta 30 Abril de 2013

Nuevas Tecnologías de la información y las comunicaciones PROGRAMA TIC-PYME

Convocatoria abierta. Fin de plazo de presentación de solicitudes: 30 de abril de 2013

Beneficiarios Los proyectos podrán ser individuales o colectivos: 1- Proyectos individuales: Pequeñas y medianas empresas (pymes), a excepción del comercio al por menor que tengan su domicilio social o un centro de actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Se excluyen, asimismo, la clase 13.30 (Acabado de textiles) y la División 95 (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico) de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). 2- Proyectos colectivos presentados por un organismo intermedio. Tienen la consideración de Organismos Intermedios, las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo de carácter empresarial a las empresas. Objetivo subvencionable Implantación soluciones TIC Será subvencionable el asesoramiento externo y las inversiones para la implantación soluciones TIC multiplataforma, adaptadas para su uso en movilidad, que se detallan a título orientativo: Nivel 1: Básico y Nivel 2: Conectividad
  • Equipamiento informático
  • Seguridad de la información: copias de seguridad, servidores, SAI, cortafuegos, consultoría Ley Orgánica de Protección de datos (LOPD)
  • Virtualización de servidores
  • Conectividad: redes y acceso remoto seguro
  • Aplicaciones independientes de gestión
Nivel 3: Visibilidad
  • Página web corporativa con gestor de contenidos.
  • Extranet.
  • Intranet.
  • Promoción  online: Campañas de publicidad en google (google adwords) o en redes sociales. Herramientas para la generación de boletines electrónicos o newsletters.
  • Aplicaciones de diseño (diseño industrial, diseño gráfico, software de cartelería digital)
  • Software de gestión documental.
  • Auditorías de seguridad de la información.
Nivel 4: Integración.  
  • Comercio electrónico: tienda online con pasarela de pagos.
  • Sistemas integrados de gestión (ERP)
  • Sistemas de gestión comercial o gestión de clientes (CRM)
  • Sistemas de gestión logística (SCM)
  • Sistemas de análisis de datos para toma decisiones (business intelligence)
  • Sistemas de gestión de la producción.
  • Sistemas de gestión del conocimiento.
  • Integración de sistemas (ERP, CRM, SCM, tienda online)
  • Plataformas de integración de software y software de gestión de procesos (BPM)
Nivel 5: Interoperabilidad.  
  • Sistemas interoperables para integración total de procesos internos y con entidades externas.
  • Modelo de negocio multiweb.
No serán subvencionables los proyectos de renovación y/o adquisición exclusivamente de equipamiento informático y conectividad (redes y acceso remoto). Las inversiones en conectividad y equipamiento informático se subvencionarán si están asociados a la implantación de software y/o al desarrollo de un proyecto web. Respecto al equipamiento informático se subvencionarán un máximo de 2 puestos informáticos (ordenador sobremesa, portátil, ipad, PDA) y periféricos de uso específico como lectores código barra, impresoras de etiquetas, etc. En determinados casos, dependiendo de las características del proyecto y siempre que esté debidamente justificado, podrán ser subvencionables pequeñas inversiones adicionales en equipamiento que se consideren necesarias para llevar a cabo estos proyectos. No serán subvencionables los gastos de mantenimiento de los programas informáticos, las garantías y cánones del equipamiento informático, los proyectos de actualización y mantenimiento de páginas web, la adquisición de teléfonos, móviles, fotocopiadoras, impresoras, fax, cámaras digitales, cámaras de videovigilancia, televisores, etc. Los equipos multifunción son subvencionables si van asociados a la implantación de un software de gestión documental que no sea el propio software del equipo multifunción. La información de las páginas de internet deberá ser accesible con un nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la norma UNE 139803:2012. Para acreditar el cumplimiento de este requisito la ADER podrá realizar, en fase de justificación de la ayuda, una auditoría para validar la accesibilidad de acuerdo a la legislación vigente. Los proyectos de páginas web corporativas o tiendas online serán exclusivamente para dar a conocer, promocionar, comercializar los productos de la empresa y/o prestar servicios propios. No se subvenciona el desarrollo de portales web destinados a la subcontratación o cesión para la promoción y/o comercialización de terceras empresas ni los portales diseñados para la creación de páginas para otras empresas. En los proyectos de tienda online se excluye como beneficiarios a las pymes que realicen una actividad de ‘Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas’ (clasificación CNAE-2009), si bien, estas empresas pueden solicitar ayuda para realizar una extranet. Si la empresa, adicionalmente, realiza otras actividades subvencionables, quedando suficientemente justificado que la tienda online está afecta a esas actividades, se podrá subvencionar el proyecto de tienda online. Beneficios Nivel 1(Básico) y Nivel 2 (Conectividad) y equipamiento. La subvención es del tipo fijo del 20%. Nivel 3 (Visibilidad), Nivel 4 (Integración) y Nivel 5 (Interoperabilidad). La subvención es del tipo fijo del 35%. Excepto auditorías de seguridad de la información y promoción online que es del 20%. Subvención máxima de las auditorías de seguridad de la información: 1.500 euros. Subvención máxima promoción online: 1.500 euros excepto empresas que participen en el servicio de asesoramiento ofrecido por la ADER. Este porcentaje se podrá incrementar hasta en un 5% en las pymes que participen en los servicios de asesoramiento específico ofrecidos por la ADER.  Este porcentaje sólo se aplicará en la inversión que esté directamente relacionada con el asesoramiento. Además, esta intensidad de ayuda se incrementará en un 0,5% si la empresa acredita un modelo de certificación en las siguientes áreas:
  • Seguridad laboral. Sistemas de prevención de riesgos laborales: certificado OSHAS 18001.
  • Responsabilidad social corporativa: certificado SA8000.
  • Conciliación de la vida familiar y laboral. Empresa familiarmente responsable: certificado de la Fundación Empresa Familiar.
Condiciones de los proyectos colectivos: 1- Proyectos colectivos nominativos: Se realizan en cooperación atendiendo a un criterio de homogeneidad y en cuyo desarrollo participen un mínimo de 10 beneficiarios. El Organismo Intermedio actuará como Coordinador del proyecto, pudiendo a su vez, asumir o no compromiso de ejecución económica en la actuación subvencionable. 2- Proyectos colectivos no nominativos: El Organismo Intermedio podrá solicitarlo si el proyecto cumple siguientes las características: – Proyectos con la misma tipología de actuación subvencionable. – Proyectos de igual inversión y/o gasto subvencionable por participante, que estará comprendida entre 2.000 y 4.000 euros por participante. Otras condiciones
  • Inversión mínima subvencionable: 6.000 €.
  • Inversión mínima subvencionable autónomos y microempresas (empresas de menos de 10 trabajadores): 4.000 €.
  • Inversión mínima subvencionable por factura: 300 €.
  • Presentación de tres ofertas de diferentes proveedores si el gasto subvencionable supera 12.000 € en el suministro de bienes o servicios.
  • Posibilidad de presentación de la solicitud vía telemática a través de la Oficina Virtual de la Agencia.
Plazo
  • Podrán subvencionarse actuaciones o inversiones realizadas a partir del 1 de enero de 2013.
  • Fin plazo presentación solicitudes 30 de abril de 2013 (inclusive).
Esta información tiene carácter informativo, conforme a la legislación vigente. Más información en | ader.es]]>